Decreto
Decreto 4 de 1970
por el cual se organiza el Centro Nacional de Perfeccionamiento Educativo.
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécese El Centro Nacional De Perfeccionamiento Educativo (Cenapec) En La Sede Del Instituto Superior De Educación Rural De Usaquén Para La Realización De Cursos Breves E Intensivos Y Reuniones Especializadas Con Destino Al Personal Docente, Administrativo Y Técnico Vinculado A La Educación, Principalmente En El Nivel De Educación Media2El Objetivo Principal Del Cenaper Es Lograr La Actualización Y Ampliación De Conocimientos Sobre Los Contenidos Y Métodos De La Educación Y Demás Aspectos Relacionados Con Ella En El Nivel De La Educación Media3El Cenaper Ejecutará Sus Actividades Bajo La Supervisión Dela División De Capacitación Del Magisterio, Del Ministerio De Educación Nacional Y Con La Asesoría Del Instituto Colombiano De Pedagogía (Icolpe)4El Programa Anual De Actividades, Contenido De Los Cursos, Su Duración Y Pedología, Así Como El Profesorado Deberá Ser Aprobado Por El Ministerio De Educación Nacional5En Los Cursos Que Se Organicen En El Cenaper Podrá Participar Personal Vinculado A Establecimientos Educativos Nacionales, Departamentales, Municipales Y Privados6El Ministerio De Educación Determinará, Por Resolución, Cuáles Cursos Y En Que Medida, Producen Efectos Para Inclusión Y Ascenso En El Escalafón7Delégase La Dirección Administrativa Del Cenaper Al Instituto Colombiano De Construcciones Escolares8El Director De Cenaper Será Nombrado Por El Ministro De Educación Nacional9El Ministerio De Ecuación Nacional Trasladará Al Icce Las Partidas Correspondientes Al Instituto Superior De Educación Rural De Usaquén10Artículo 10
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