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Artículo 4

El Programa Anual De Actividades, Contenido De Los Cursos, Su Duración Y Pedología, Así Como El Profesorado Deberá Ser Aprobado Por El Ministerio De Educación Nacional

Decreto 4 de 1970 · por el cual se organiza el Centro Nacional de Perfeccionamiento Educativo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El programa anual de actividades, contenido de los cursos, su duración y pedología, así como el profesorado deberá ser aprobado por el Ministerio de Educación Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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