DecretoVigencia En Estudio
Decreto 397 de 1957
Por el cual se autoriza un aporte y se decretan varios auxilios
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase A La Empresa Colombiana De Petróleos Para Hacer Un Aporte Extraordinario Al Tesoro Nacional, De $ 152° Efectuado El Aporte Extraordinario De Que Trata El Artículo Anterior, El Gobierno Nacional Queda Facultado Para Incorporar Este Nuevo Recurso Al Presupuesto De La Próxima Vigencia, Así Como Para Abrir Los Créditos Adicionales Destinados A Las Siguientes Obras Y Gastos: Para La Universidad Industrial De Bucaramanga $ 5003La Junta Militar De Gobierno Y El Ministerio De Minas Y Petróleos Reglamentarán La Correcta Inversión De Los Auxilios Que En El Artículo Anterior Se Decretan4El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- José María VillarrealEl Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Educación Nacional · encargado
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Fomento · encargado
- Mayor General Alfredo Duarte BlumEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alf Onso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejia SalazarEl Ministro Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Publica
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras-Públicas