DecretoVigente
Decreto 3892 de 2010
por el cual se reglamenta el artículo 2° del Decreto Legislativo 2694 de 2010.
11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del artículo 2° del Decreto Legislativo 2694 de 2010, y
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público