DecretoVigente
Decreto 3684 de 1949
Por el cual se determina el procedimiento para hacer efectivas las sanciones impuestas por el Decreto número 2169 de 1949
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para La Imposición De Las Sanciones De Que Tratan Los Artículos 6° Y 9° Del Decreto 2169 De Julio 19 De 1949, Se Seguirá El Procedimiento Administrativo O De Policía, O Sea, Oído El Denuncio Del Agente O Del Interesado Y Los Descargos Del Sindicado, Se Recibirán Las Pruebas Que Se Aduzcan A Favor O En Contra De Éste Y Se Dictará Inmediatamente La Resolución A Que Haya Lugar2Estas Resoluciones Serán Apelables En El Efecto Devolutivo, Cuando Las Multas Impuestas Excedan De Cincuenta Pesos ($50)3En La Oficina De Segunda Instancia, Una Vez Recibido El Expediente, Se Ordenará Su Fijación En La Lista Por 72 Horas; Durante Este Término Se Pueden Admitir Pruebas O Recibir Alegatos Por Escrito4Queda En Estos Términos Reformando El Artículo 9° Del Decreto 2169 De 19495Este Decreto Regirá Desde Su Fecha
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