DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3329 de 1950
Por el cual se suspenden parcialmente el artículo 37 de la Ley 1ª de 1945 y el inciso primero del artículo 13 de la Ley 141 de 1948 y se dictan unas normas
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Reservistas De Primera Y Segunda Clase, Cuando Pierdan Sus Libretas, Por Concepto De Reposición O Duplicado De Este Documento, Pagarán Las Siguientes Cantidades: Libretas De Primera Clase $ 252Para Solicitar La Reposición O El Duplicado De Libreta, El Interesado Debe Consignar En La Contaduría Pagadora Del Ministerio De Guerra La Suma Pertinente, De Acuerdo Con Lo Estipulado En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Y Acompañar A Su Solicitud El Recibo Expedido Por La Citada Contaduría3Las Sumas Que Se Recauden Por Concepto De Lo Expuesto En El Artículo Anterior, Se Destinarán Exclusivamente Para La Adquisición De Mobiliario, Máquinas De Escribir, Kárdex Y Demás Elementos Que Sean Necesarios Para Las Oficinas Del Servicio Territorial4Suspéndese Lo Dispuesto Por El Inciso Primero Del Artículo 13 De La Ley 141 De 1948 Para Lo Que Se Relacione Con El Servicio Territorial Militar5Este Decreto Rige Desde Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Laureano GomezPresidente de la República
- Domingo SarastyEl Ministro de Gobierno
- Gonzalo Restrepo JaramilloEl Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra · encargado
- Guillermo Amaya RamírezEl Ministro de Justicia
- Rafael Delgado BarrenecheEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alejandro Angel EscobarEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Alfredo Araujo GrauEl Ministro del Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- José María VillarrealEl Ministro de Comercio e Industrias
- Manuel Carvajal SinisterraEl Ministro de Minas y Petróleos
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Educación Nacional
- José Tomas AnguloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas