DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3222 de 1952
Por el cual se modifica el sistema de sanciones en materias de impuesto de renta y complementarios
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suspéndase La Sanción Del 50% Sobre La Totalidad Del Impuesto Liquidado, Establecida Por El Artículo 26 De La Ley 35 De 1944, Para Los Casos De Inexactitud En La Declaración De La Renta O Del Patrimonio2La Mora En El Pago De La Cuota Del Veinte Por Ciento (20%) O La No Presentación Oportuna Del Recibo De Pago Correspondiente, De Que Trata El Artículo 2º Del Decreto Legislativo 260 De 1952, No Implica Extemporaneidad En La Presentación De La Respectiva Declaración Y, Por Tanto, No Hace Incurrir En La Sanción De Extemporaneidad Establecida En El Inciso 2º Del Mismo Artículo, Pero Sí Causa Los Intereses Moratorios Establecidos Por Los Decretos Números 4074 De 1949 Y 1467 De 19513Toda Liquidación En Que Se Hubieren Impuesto La Sanciones Por Inexactitud O Extemporaneidad De Que Trata Este Decreto, Podrá Ser Reclamada Directamente Ante La Administración De Hacienda Nacional Respectiva Con El Fin De Que Éstas Sean Levantadas, Por El Procedimiento Establecido En El Parágrafo Del Artículo 9º De La Ley 78 De 1935, Si Aún No Se Hubiere Efectuado El Pago4Este Decreto Regirá Desde Su Fecha, Y Quedan Suspendidas Las Disposiciones Legales Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Roberto Urdaneta ArbelaezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Juan Uribe HolguínEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José Gabriel De La VegaEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José María BernalEl Ministro de Guerra
- Camilo J. Cabal CabalEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro del Trabajo
- Alejandro Jiménez ArangoEl Ministro de Higiene
- Carlos VillavecesEl ministro de Fomento
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Lucio Pabón NúnezEl Ministro de Educación nacional
- Carlos AlbornozEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas