DecretoVigente
Decreto 303 de 1992
por el cual se modifica el artículo primero del Decreto 1740 de agosto 1° de 1990.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificar El Artículo 1º Del Decreto 1740 Del 1º De Agosto De 1990, El Cual Quedará Así: "a Partir De La Vigencia De Este Decreto, El Segundo Domingo Del Mes De Agosto De Cada Año, Se Celebrará En Todos Los Municipios Del País, El Día Del Abuelo2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las que le confiere la Constitución Política, artículo 46 Publíquesey cúmplase
- Humberto De La Calle LombanaEl Ministro de Gobierno
- Camilo Gonzalez PossoEl Ministro de Salud