DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2920 de 1979
Por el cual se modifica el decreto 2901 de 1979
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 2° Del Decreto 2901 De 1979 Quedará Así: El Comité Nacional De Emergencia Creado Por El Artículo 492 De La Ley 9ª De 1979 Está Integrado Por El Presidente De La República, Los Ministros Del Despacho, El Director General De La Policía Nacional, El Director De La Defensa Civil Colombiana Y El Presidente De La Cruz Roja Colombiana2Artículo 23Este Decreto Rige Desde Su Expedición
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