DecretoDerogado
Decreto 2760 de 1980
Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 84 de 23 de enero de 1980
26artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Unidad Administrativa Especial Creada Por El Decreto-Ley 84 De 1980, Adscrita Al Ministerio De Defensa, Se Denominará "centro Universitario Militar Nueva Granada"2Artículo 23El Centro Universitario Militar Busca Conseguir Los Altos Fines De La Educación Superior Mediante El Fomento Y La Difusión De La Ciencia, La Tecnología, Las Artes Y La Investigación Científica En La Formación Y Capacitación Profesional De Sus Alumnos4Como Medio Para Lograr El Desarrollo Integral De La Persona Humana Y El Proceso General Del País, Este Centro Universitario Militar Basa Su Orientación En Los Principios De Libertad De Expresión Y Respeto De Los Valores Religiosos, Morales Y Culturales En Que Se Fundamentan La Organización Democrática De Colombia5Los Objetivos Específicos Del Centro Universitario Militar Son: A) Mejorar La Capacitación De Los Integrantes De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional, De Los Empleados Civiles Del Ramo De Defensa Y De Los Familiares De Todos Los Anteriores, A Través De La Enseñanza Superior; B) Contribuir A Que Los Particulares Tengan Mayor Acceso A La Educación Superior, Si Las Circunstancias Y Los Recursos Del Centro Universitario Militar Lo Permiten; C) Desarrollar Programas De Investigación Científica Y De Extensión; D) Propiciar El Estudio Y Solución De Los Problemas Nacionales, Independientemente O En Asocio De Entidades Que Persigna Fines Similares; E) Colaborar Con Las Demás Entidades Del Sector Educativo Y Con Los Institutos De Formación Y Capacitación De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional, En El Desarrollo De Los Programas Que Ellos Adopten Para El Mejoramiento De Sus Recursos Humanos6El Patrimonio Y Rentas Del Centro Universitario Militar Nueva Granada Estarán Formados Por: A) Los Bienes Muebles E Inmuebles Que Actualmente Le Pertenecen; B) Los Aportes Ordinarios Que El Estado Le Asigne; C) Las Rentas Que Él Arbitre Por Concepto De Derechos Y Servicios Académicos; D) Los Frutos Y Productos De Sus Bienes; E) Las Adquisiciones Que A Cualquier Título Hiciere; F) Los Aportes Extraordinarios, Auxilios, Donaciones, Herencias, Legados Y Subvenciones Que Recibiere De Personas Públicas Y Privadas, Nacionales O Extranjeras7El Manejo De Los Bienes Y Rentas Del Centro Universitario Militar Se Hará Por Medio De Presupuestos Elaborados, Aprobados Y Ejecutados Conforme A Las Normas Vigentes8El Estado Podrá Garantizar Las Obligaciones De La Institución9El Gobierno Y La Dirección Del Centro Universitario Militar Serán Ejercidos A Través De Los Siguientes Órganos: A) El Consejo Directivo; B) El Director; C) El Consejo Académico; D) El Consejo De Administración Y Servicios; E) Las Decanaturas; F) Los Consejos Asesores De Facultad10El Consejo Directivo Estará Constituido Por: A) El Ministro De Defensa Nacional, Quien Lo Presidirá, O Su Delegado; B) El Ministro De Educación Nacional O Su Delegado; C) El Comandante General De Las Fuerzas Militares O Su Delegado; D) El Director De La Escuela Superior De Guerra; E) El Director De La Escuela Militar De Cadetes General "josé María Córdova"; F) Un Decano, En Orden De Antigüedad De Las Facultades Y Para Períodos De Dos Años; G) Un Delegado Del Presidente De La República11Son Funciones Del Consejo Directivo: A) Formular Y Evaluar Periódicamente Las Políticas Y Objetivos Del Centro Universitario Militar, Teniendo En Cuenta Los Planes Y Orientaciones Del Sistema De Educación Superior Y De La Institución Armada; B) Determinar La Estructura Orgánica Y La Planta De Personal Y Expedir Los Reglamentos De Personal Docente De La Institución12El Director Es La Máxima Autoridad Académica Y Ejecutiva De La Institución13Para Ser Director De La Institución Se Requiere: Ser Oficial General O Superior De Las Fuerzas Militares En Servicio Activo O Retiro Y, Además, Cumplir Con Uno De Los Siguientes Requisitos: A) Haber Sido, En Propiedad, Director O Comandante De Un Instituto De Formación O Capacitación De Oficiales, Por Un Lapso No Inferior A Un Año; B) Haber Sido Profesor Militar Con Experiencia Mínimo De Cinco Años; C) Poseer Un Título Académico En Una Profesión Liberal14Son Funciones Del Director: A) Cumplir Y Hacer Cumplir Las Normas Legales Y Estatutarias Y Reglamentarias; B) Evaluar Y Controlar El Funcionamiento General Del Centro Universitario Militar Y Presentar Al Consejo Directivo El Informe Anual De Labores; C) Ejecutar Las Decisiones Del Consejo Directivo; D) Expedir Los Actos Que Sean Necesarios Para El Cumplimiento De Los Objetivos Del Centro Universitario Militar, De Acuerdo Con Las Disposiciones Vigentes; E) Presidir Y Convocar Los Consejos O Comités De Los Cuales Forma Parte, Con Excepción Del Consejo Directivo; F) Proponer Al Consejo Directivo Los Candidatos A Decanos Y Designar Decanos Encargados; G) Nombrar Y Remover Al Personal Del Centro Universitario Militar Con Arreglo A Las Disposiciones Pertinentes; H) Proponer Al Consejo Directivo Los Manuales De Funciones Y De Requisitos Mínimos Para El Ejercicio De Los Cargos, Así Como Los De Los Procedimientos Administrativos; I) Imponer Las Sanciones Disciplinarias Que Le Correspondan; J) Autorizar Con Su Firma Los Documentos Que Le Señalen Los Reglamentos; K) Ordenar Gastos Para La Adquisición De Bienes Y Servicios Conforme A Lo Dispuesto En El Artículo 3° Del Decreto-Ley 122 De 1976; L) Someter Al Consejo Directivo Los Proyectos De Presupuesto, De Traslados Y Adiciones, Y, Una Vez Aprobados, Ejecutarlos; M) Rendir Los Informes Que Sus Superiores Jerárquicos O Las Autoridades Del Estado Le Soliciten; N) Las Demás Que Le Señalen La Ley, Los Estatutos, Los Reglamentos Y El Consejo Directivo15El Centro Universitario Militar Tendrá Un Subdirector Que Reemplazará Temporalmente Al Director, Cuando Fuere Necesario, Y Ejercerá Las Funciones Que Le Señale El Estatuto Orgánico16El Consejo Académico Estará Integrado Por: A) El Director, Quien Lo Presidirá; B) El Subdirector; C) Los Decanos; D) El Secretario Académico, Quien Actuará Como Su Secretario17Son Funciones Del Consejo Académico: A) Proponer Al Consejo Directivo La Creación, Supresión O Modificación De Programas De Unidades Académicas; B) Revisar Y Aprobar Los Programas De Investigación Y Asesoría: C) Proponer Al Consejo Directivo La Creación O Supresión De Programas Académicos; D) Aprobar La Estructura Y Contenidos Curriculares De Los Programas Académicos; E) Conceptuar Ante El Consejo Directivo Sobre Los Proyectos De Estatutos Docentes; Reglamento Estudiantil Y Demás Aspectos De Carácter Académico; F) Propiciar La Participación Del Centro Universitario Militar En El Desarrollo De Programas Que Se Adelanten Con Otras Instituciones; G) Expedir Su Propio Reglamento; H) Las Demás Que Le Atribuyen El Estatuto Orgánico, Los Reglamentos Del Centro Universitario Militar Y El Consejo Directivo18En Cada Facultad Habrá Un Decano, Quien Será La Máxima Autoridad Ejecutiva De Ella, Bajo La Dependencia Del Director19Son Funciones De Los Decanos: A) Cumplir Y Hacer Cumplir Los Actos Emanados Del Consejo Directivo, Del Director Y Del Consejo Académico; B) Proponer Al Director El Nombramiento Del Personal Docente, Administrativo Y De Servicios De La Facultad, De Conformidad Con Los Estatutos Y Reglamentos; C) Presentar Al Director El Anteproyecto Del Presupuesto De La Facultad; D) Imponer Las Sanciones Disciplinarias Cuya Aplicación Le Esté Reservada; E) Presentar Al Consejo Académico Los Nombres De Las Personas Que, A Su Juicio, Sean Merecedoras De Distinciones; F) Informar Periódicamente Al Director Sobre La Marcha De La Dependencia A Su Cargo; G) Las Demás Que Le Señalen Los Estatutos Y Reglamentos20Los Consejos De Asesores De Facultad Estarán Integrados Por: A) El Decano, Quien Lo Preside; B) El Secretario De La Facultad; C) Dos (2) Representantes De Los Profesores; D) Un Representante De Los Estudiantes21El Consejo Asesor De La Facultad De Medicina Estará Integrado Por: A) El Director Del Hospital Militar Central, Quien Lo Preside; B) El Decano De La Facultad De Medicina; C) El Representante En Colombia De La Organización Mundial De La Salud O22Artículo 2223La Organización Administrativa Y Académica Del Centro Universitario Militar Tendrá Las Siguientes Dependencias: A) Dirección; B) Subdirección; C) Secretaría Académica; D) Planeación Y Evaluación; E) Investigación; F) Extensión Cultural; G) Bienestar; H) Administración General24El Presupuesto Del Centro Universitario Militar Se Incluirá En Capítulo Separado Dentro Del Presupuesto Del Ministerio De Defensa Nacional25En Desarrollo De Lo Previsto En El Artículo 4° Del Decreto-Ley 84 De 198, El Ministerio De Defensa Nacional Integrará Los Programas De Educación Post-Secundaria A Que Se Refiere Los Programas De Educación Post-Secundaria A Que Se Refiere El Artículo 1° De La Misma Norma, Bajo Los Órganos Directivos De Que Trata El Artículo 9° Del Presente Decreto26El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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