DecretoVigente
Decreto 2749 de 1961
Por el cual se dictan disposiciones sobre el funcionamiento de las Escuelas de Policía
12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Escuelas Regionales De Policía, Para La Formación Y Preparación De Suboficiales Y Agentes, Son: Escuela "gonzalo Jiménez De Quesada", En Bogotá2La Dirección General De La Policía Nacional Señalará Las Ciudades En Donde Deban Funcionar Las Escuelas Regionales, V Determinará Los Nombres Con Los Cuales Se Distinguirán3Las Escuelas Dependerán Orgánicamente De La Dirección General De La Policía Nacional4° Los Departamentos Cuyas Policías No Estén Nacionalizadas, Podrán Propiciar La Creación De Escuelas Regionales Para Satisfacer Las Necesidades Del Personal E Instruir A Los Agentes De Sus Respectivas Unidades, De Acuerdo Con Las Directiva De Instrucción Que Expida El Listado Mayor De La Policía Nacional5Las Escuelas Reclutarán Al Personal Para Los Diferentes Servicios De La Policía, Y Le Darán La Formación E Instrucción Necesarias Para El Cumplimiento De Sus Deberes Profesionales6La Dirección General De La Policía Nacional Reglamentará Lodo Lo Relacionado Con Instrucción, Organización Y Funcionamiento De Las Escuelas7La Dirección General De La Policía Nacional, Destinará A Las Escuelas De Formación, Los Ofíciales, Suboficiales Y Personal De Planta, Para Los Servicios De Cada Instituto8Los Aspirantes A Agentes Deberán Reunir Los Requisitos Exigidos Por El Reglamento De Admisión9El Personal Aceptado Será Dado De Alta Como Agente, Y Recibirá Como Remuneración, Durante La Permanencia En La Escuela, Del 50% Del Sueldo Básico, Y Las Primas Correspondientes10Los Gastos De Sostenimiento De Las Escuelas En Los Departamentos Cuyas Policías No Estén Nacionalizadas, Se Regirán Por Las Disposiciones Que Dicten Los Respectivos Gobernadores11Los Gastos De Incorporación Del Personal De Aspirantes A Agentes, Serán De Cargo Del Tesoro Nacional12Deróganse Los Decretos Números 0446 De 1950 (Febrero 14), Y 2264 De 1957 (Noviembre7)
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