DecretoDerogado
Decreto 2413 de 1974
Por el cual se establecen porcentajes de retención en la fuente sobre ciertos dividendos
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Retención En La Fuente Sobre Dividendos Pagados O Abonados En Cuenta A Sociedades Anónimas Y Asimiladas, Nacionales, Y Demás Entidades Con Derecho A Gozar Del Descuento Tributario Del Treinta Y Seis Por Ciento2Artículo 23Para Que Proceda, La Retención Del Cuatro Por Ciento (4%) O Del Dos Por Ciento (2%), Las Entidades Beneficiarias De Dividendos Deberán Formular Una Solicitud Al Retenedor, Con Base En La Renta Líquida Determinada En La Declaración De Renta Y Patrimonio Del Año Inmediatamente Anterior Al De La Retención, En La Cual Se Expresé Que Se Hallan Dentro De Las Circunstancias Previstas En Los Artículos Citados Del Decreto 2053 De 1974 Parágrafo4La Retención En La Fuente Sobre Dividendos Pagados O Abonados En Cuanta A Sociedades Anónimas Nacionales Y Demás Entidades Sin Derecho A Gozar Del Descuento Tributario De Treinta Y Seis Por Ciento (36% ) Previsto En Los Artículos 90, 91 Y 92 Del Decreto 2053 De 1974 , Será Del Cuarenta Por Ciento ( 40% ) De Cada Pago O Abono En Cuenta5La Retención En La Fuente Sobre Dividendos Pagados Abonados En Cuenta A Sociedades Nacionales De Responsabilidad Limitada Y Asimilada Que No Tengan Derecho A Gozar Del Descuento Tributario Del Dieciocho Por Ciento (18% ), Previsto En El Artículo 93 Del Decreto 2053 De 1974, Será Del Veinte Por Ciento ( 20% ) De Cada Pago O Abono En Cuenta6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Publíquese Dado En Bogotá, D, E
03