DecretoVigente
Decreto 238 de 1909
Por el cual se aumenta el auxilio concedido al Colegio de varones de Vélez
16artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Los Límites De La Intendencia Nacional Del Meta, Cuya Capital Es Villavicencio, Serán Los Mismos Que Se Fijan En El Artículo 32º La Intendencia Nacional Del Meta Se Compondrá De Los Siguientes Municipios: El De Orocué, Con Los Corregimientos De Buenavista, Santa Elena De Cúsiva, San José Del Vichada Y San Pedro De Arimena; El De Villavicencio, Con Los Corregimientos De Cabuyaro, Cumaral Y Santa Elena De Upía, Y El De San Martín, Con Los Corregimientos De Surimena Y Uribe3La Intendencia Será Administrada Por Un Empleado Superior, Agente Inmediato Del Gobierno, Que Se Denominará Intendente; Por Los Alcaldes De Los Municipios, Y Por Los Corregidores Ó Inspectores De Policía4Las Disposiciones De Los Artículos 154 Á 157 Del Código Político Y Municipal Son Aplicables Al Intendente, Quien Tendrá Las Atribuciones Que Confiere Á Los Gobernadores El Artículo 158 Del Mismo Código, Y Las Demás Que Á Estos Atribuyan Las Leyes Ó Que El Gobierno Les Haya Delegado, Excepto Las Relacionadas Con Las Asambleas Departamentales5° Las Atribuciones De Las Alcaldías Ó Inspecciones De Policía, Lo Mismo Que El Personal Subalterno De Estas Oficinas, Serán Los Mismos Que Determina El Código Político Y Municipal6° La Intendencia Tendrá Para Su Despacho Un Secretario, Un Oficial Escribiente Y Un Portero Escribiente7° Regirán En La Intendencia Las Leyes, Decretos Y Demás Disposiciones Vigentes En La Nación, Y Las Ordenanzas Del Antiguo Departamento De Cundinamarca8° Mientras Se Verifican Las Elecciones Populares Para Constituir Los Consejos Municipales En Toda La República, El Intendente, Con La Aprobación Del Gobierno, Restablecerá Dichas Corporaciones En Reemplazo De Las Juntas De Fomento Que Hoy Existen9° En Lo Judicial La Intendencia Continuará Como Ha Estado Hasta Ahora10En La Intendencia Habrá Dos Círculos De Notaría Y Registro: Uno En Villavicencio Con Este Municipio Y El De San Martín, Y El De Orocué, Tal Como Está Hoy Constituido11La Instrucción Pública Primaria Continuará Á Cargo De Las Misiones Evangelizadoras, Á Quienes Está Encomendada Actualmente, Y Los Alcaldes É Inspectores De Policía Tendrán Atribuciones De Inspectores Locales De Instrucción Pública12No Habrá En La Intendencia Más Rentas Que Las Nacionales Y Las Municipales, Y La Administración De Éstas Se Hará De Conformidad Con Las Disposiciones Generales Que Rigen La Materia14Las Asignaciones Mensuales De Los Empleados De La Intendencia Serán Las Siguientes: Del Intendente $200 Del Secretario Del Oficial Escribiente 120 50 Del Portero Escribiente 40 Del Alcalde De Villavicencio 40 Del Secretario De Éste 80 Del Alcalde De Orocué 50 Del Secretario De Éste 60 Del Alcalde De San Martín 40 Del Secretario De Éste 30 De Los Corregidores, Cada Uno 20 De Los Secretarios De Éstos, Cada Uno 30 De Los Alcaldes De Las Cárceles, Cada Uno De Los Agentes De Policía, Cada Uno 1515Los Individuos Condenados En El Territorio De La Intendencia Á Las Penas De Presidio Ó De Reclusión Las Cumplirán En La Colonia Penal Que Existe Ahí16Las Consultas Y Apelaciones De Las Providencias Del Intendente Que Necesitaren De Tales Requisitos, Se Surtirán Ante El Ministerio Del Ramo Respectivo17Quedan Derogadas Todas Las Disposiciones Ejecutivas Que Sean Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Principiará Á Regir Desde La Fecha De Su Expedición
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