Micelio

Artículo 4

Las Disposiciones De Los Artículos 154 Á 157 Del Código Político Y Municipal Son Aplicables Al Intendente, Quien Tendrá Las Atribuciones Que Confiere Á Los Gobernadores El Artículo 158 Del Mismo Código, Y Las Demás Que Á Estos Atribuyan Las Leyes Ó Que El Gobierno Les Haya Delegado, Excepto Las Relacionadas Con Las Asambleas Departamentales

Decreto 238 de 1909 · Por el cual se aumenta el auxilio concedido al Colegio de varones de Vélez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las disposiciones de los artículos 154 á 157 del Código Político y Municipal son aplicables al Intendente, quien tendrá las atribuciones que confiere á los Gobernadores el artículo 158 del mismo Código, y las demás que á estos atribuyan las leyes ó que el Gobierno les haya delegado, excepto las relacionadas con las Asambleas Departamentales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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