DecretoVigente
Decreto 2283 de 1942
Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suprímense Las Siguientes Plazas: En Guataqui (Cundinamarca)2Créanse Las Siguientes Plazas: En La Mesa (Cundinamarca)3Hácense Los Siguientes Nombramientos: Guarda La Mesa-Anapoima, Manuel Mesa4Para La Conservación De Líneas Telegráficas, Adscríbese A Las Zonas Que A Continuación Se Indican, Los Siguientes Trayectos: A La Zona Novena: Guáimaro-Salamina5Este Decreto Regirá Diez Días Después De Su Aprobación El Gasto Que Demande Se Imputará Al Capítulo 76, Artículo 1162, Del Presupuesto Vigente
03