° Este Decreto regirá diez días después de su aprobación El gasto que demande se imputará al Capítulo 76, Artículo 1162, del Presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2283 de 1942 →Vigente
Artículo 5
Este Decreto Regirá Diez Días Después De Su Aprobación El Gasto Que Demande Se Imputará Al Capítulo 76, Artículo 1162, Del Presupuesto Vigente
Decreto 2283 de 1942 · Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.