Micelio

Artículo 2

Créanse Las Siguientes Plazas: En La Mesa (Cundinamarca)

Decreto 2283 de 1942 · Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créanse las siguientes plazas: En La Mesa (Cundinamarca). Guarda La Mesa-Anapoima (zona 2°), con $ 25.00 Guarda La Mesa-San Joaquín-La Virgen (zona 2°), con 27.00 En Cali (Valle). Guarda Cali-Palmira (zona 22), con 40.00 En Salamina (Magdalena). Cartero, con 10.00 En Barranquilla (Oficina Telegráfica). Un Operador, con 100.00 Suman las creaciones $ 202.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2283 de 1942