DecretoVigente
Decreto 2267 de 1947
por el cual se establecen las Oficinas de Seguridad, Identificación y Extranjería en las ciudades de Bucaramanga, Tunja y Arauca.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del Día 16 De Julio En Curso, Establécense En Las Ciudades De Bucaramanga, Tunja Y En El Puerto De Arauca Las Oficinas De Seguridad, Identificación Y Extranjería, Como Dependientes Del Departamento Nacional De Seguridad De La Policía Nacional2Las Oficinas A Que Se Refiere El Presente Decreto Tendrán Las Mismas Funciones Y Atribuciones De Que Están Investidas Las Demás Oficinas Seccionales Dependientes Del Departamento Nacional De Seguridad
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