Decreto
Decreto 2204 de 1988
DECRETO 2204 DE 1988, 25/10/1988, NO TIENE EPÍGRAFE
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Cesar Gaviria TrujilloEl Ministro de Gobierno
- Julio Londoño ParedesEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Juan Martin Caicedo FerrerEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia · encargado
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Rafael Samudio MolinaEl Ministro de Defensa Nacional
- Gabriel Rosas VegaEl Ministro de Agricultura
- Carlos Arturo Marulanda Ram ÍrezEl Ministro de Desarrollo Económico
- Oscar Mejía VallejoEl Ministro de Minas y Energía
- Manuel Francisco Becerra BarneyEl Ministro de Educación Nacional
- Luis Heriberto Arraut EsquivelEl Ministro de Salud
- Pedro Martin Leyes HernándezEl Ministro de Comunicaciones
- Luis Fernando Jaramillo CorreaEl Ministro de Obras Públicas y Transporte