DecretoVigente
Decreto 2071 de 1947
Por el cual se dictan varias disposiciones sobre enseñanza secundaria
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha De Este Decreto Los Normalistas Que Deseen Adquirir El Título De Bachiller, Deberán Cumplir Los Siguientes Requisitos: 1º Haber Ejercido El Magisterio Por Lo Menos Dos Años2La Dirección Nacional De Enseñanza Secundaria Acomodará Al Espíritu De La Anterior Disposición, La Resolución De Las Solicitudes De Normalistas Que Cursan Ante Ella Con Anterioridad A Este Decreto, Pero Sin Desconocer Los Certificados Y Autorizaciones Expedidos Hasta Ahora3Los Alumnos Normalistas Que Deseen Pasar A Colegios De Bachillerato Deberán Someter Sus Certificados A La Dirección Nacional De Enseñanza Secundaria, Y Ésta Les Señalará A Cual Curso Pueden Ingresar Y Que Materias Deben Validar, Según La Intensidad Del Pénsum Y De Los Programas Que Hayan Seguido4Cerradas Las Matrículas En La Forma Establecida, Solo Podrá Autorizarse A Un Colegio El Ingreso De Nuevos Alumnos Cuando Se Trate De Cambio De Domicilio De La Familia, De Un Municipio A Otro, De Un Mismo Sector Escolar, O Cuando Medien Circunstancias De Análoga Entidad
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