DecretoVigente
Decreto 1989 de 2013
por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establecer Un Gravamen Arancelario De Cero Por Ciento (0%) Para La Importación De Los Productos De Las Siguientes Subpartidas Arancelarias: 3102210000 3102290000 3102300000 3102600000 3102800000 3102909000 3105200000 3105510000 3105902000 3808500011 3808500019 3808911100 3808911900 3808919200 3808919990 3808921900 3808929900 3808931900 3808939200 3808939900 3808941900 3808991900 38089999002El Arancel Establecido En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Estará Vigente Por El Término De Dos (2) Años, A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 1° Del Decreto Número 4927 Del 26 De Diciembre De 2011
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Sergio Diazgranados GuidaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo