DecretoVigente
Decreto 1944 de 1992
por el cual se modifica el Decreto 1059 de 1983.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 1º Del Decreto 1059 De 1983, Quedará Así: "artículo 1º El Fondo Nacional De Ahorro, En Desarrollo De Lo Previsto En Los Artículos 16, 17 Y 18 Del Decreto-Ley 3118 De 1968, Podrá Adelantar, Con El Banco Central Hipotecario, Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Y Con Personas Especializadas En La Actividad De La Construcción De Vivienda, Proyectos Específicos Habitacionales Con El Objeto De Que Sus Afiliados Puedan Satisfacer Sus Necesidades Habitacionales"2El Artículo 2º Del Decreto 1059 Quedará Así: "artículo 2º En La Promoción Y Ejecución De Los Ya Mencionados Proyectos Específicos Habitacionales, Deberán Tenerse En Cuenta Por Lo Menos, En Su Orden, Los Siguientes Aspectos: 1º Determinación De Requisitos Y Condiciones Mínimas, Tales Como Especificaciones De Las Viviendas, Precios, Plazos De Venta Y Demás Características, Que Deban Contener Las Ofertas Comerciales De Promesa De Venta Respectivas Para La Adquisición De Vivienda Por Parte De Los Afiliados Al Fondo Nacional De Ahorro3El Artículo 3º Del Decreto 1059 De 1983, Quedará Así: "artículo 3º Los Siguientes Contratos Que Se Celebren En Desarrollo De Los Proyectos Específicos Habitacionales Se Someterán Y Cumplirán Los Requisitos Y Formalidades Que Exige La Ley Para La Contratación Entre Particulares Y, En Cuanto A Sus Efectos, Los Contratos Estarán Sujetos A Las Disposiciones Civiles, Comerciales O Laborales, Según Su Naturaleza, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 16 Del Decreto 222 De 1983: A) Los Contratos De Hipoteca Que Celebre El Fondo Nacional De Ahorro Con Los Oferentes Constructores4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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