DecretoVigente
Decreto 1891 de 1918
Por el cual se reanudan las labores de la Agrupación Colombiana de Límites con el Ecuador y se reemplaza el primer Ingeniero Adjunto de la misma
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Reemplazar Al Primer Ingeniero Adjunto De La Agrupación Colombiana De Límites Con El Ecuador, Nómbrase Al Segundo Ingeniero Adjunto De La Oficina De Longitudes, Quien En Su Carácter De Tál Y Conforme Al Acta De La Comisión Mixta De Límites Con El Ecuador, De Fecha 15 De Julio Del Presente Año, Cumplirá Las Órdenes Que Le Comunique El Presidente De La Agrupación Colombiana2El Personal Que Integra La Agrupación Colombiana De Límetes, Según El Decreto Número 568 Bis Citado, Sólo Devengará Los Sueldos Y Gastos De Que Tratan Los Mismos Decretos Del Parágrafo Anterior, Desde La Fecha En Que Se Les Comunique Que El Trabajo Del Trazado De La Frontera Ha Sido Terminado3En Estos Términos Queda Reformado El Decreto Número 1477 Del Presente Año
03