DecretoDerogado
Decreto 1775 de 1990
por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio de que trata la Ley 91 de 1989.
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Consejo Directivo Del Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio, Tendrá El Siguiente Reglamento Interno2Comités Regionales3Funciones Del Comité Regional4Reglamento Interno De Los Comités Regionales5Recepción De Solicitudes6Estudio De Solicitudes7Liquidación8Reconocimiento9El Ministerio De Educación Nacional Mediante Resolución Adoptará Los Formatos Para Registro Y Archivo De Solicitudes Y La Resolución De Reconocimiento De Prestaciones Sociales10El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3° del artículo 120 de la Constitución Política y el artículo 16 de la Ley 91 de 1989
- Adolfo Miguel Polo SolanoEl Viceministro de Educación Nacional encargado de las funciones del Despacho del Ministro · encargado