DecretoVigente
Decreto 1675 de 1949
por el cual se crea el cargo de Embarcador de Fomento Municipal en el puerto de Buenaventura, y se señalan sus funciones y asignación.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Cargo De Embarcador De Fomento Municipal, Con Residencia En El Puerto De Buenaventura, Y Con Una Asignación Mensual De Trescientos Cincuenta Pesos ($ 350) Moneda Corriente2Las Funciones Generales Del Embarcador Creado Por El Presente Decreto, Serán Las Siguientes: A) Tramitar Ante La Aduana De Buenaventura La Nacionalización De Los Cargamentos Que Lleguen A Dicho Puerto Con Destino A Obras De Fomento Municipal; B) Examinar Tales Argumentos En Asocio De Un Reconocedor De Seguros, Y Obtener Su Certificación Sobre Faltantes, Averías, Etc3El Embarcador De Fomento De Buenaventura Prestará Fianza Para Garantizar Su Manejo, Por Cuantía Que Señalará La Contraloría General De La República4Nómbrase Embarcador De Fomento Municipal, En El Cargo Creado Por El Presente Decreto, Al Señor Luis Alfonso Guerra O
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