Micelio

Artículo 1

Créase El Cargo De Embarcador De Fomento Municipal, Con Residencia En El Puerto De Buenaventura, Y Con Una Asignación Mensual De Trescientos Cincuenta Pesos ($ 350) Moneda Corriente

Decreto 1675 de 1949 · por el cual se crea el cargo de Embarcador de Fomento Municipal en el puerto de Buenaventura, y se señalan sus funciones y asignación.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1º Créase el cargo de Embarcador de Fomento Municipal, con residencia en el puerto de Buenaventura, y con una asignación mensual de trescientos cincuenta pesos ($ 350) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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