DecretoDerogado
Decreto 1670 de 1922
Por el cual se reforma y se adiciona el marcado con el número 1462 de 1921
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1º De Enero De 1923 Quedan Derogados Los Artículos 2º Y 3º Del Decreto Número 1462, De 31 De Diciembre Del Año Próximo Pasado2A Partir De La Misma Fecha Los Empleados Y Funcionarios Públicos Y Las Corporaciones O Entidades Oficiales Que Viajen En Ejercicio De Sus Funciones Por Los Ferrocarriles De Propiedad Nacional, Quedarán Sujetos A Las Tarifas Y Reglamentos Que Esas Empresas Han Dictado Y Que Llevan La Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas3Los Ferrocarriles De Propiedad Nacional Establecerán En Sus Tarifas, Desde El 1º De Enero Próximo En Adelante, Una Rebaja Del Cincuenta Por Ciento (50 Por 100) A Los Estudiantes Que Viajen Por Esas Vías, Cuando Lo Hacen En Uso De Sus Vacaciones, Para Lo Cual Los Respectivos Gerentes Exigirán Las Formalidades Que Crean Convenientes Comuníquese Y Publíquese
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