DecretoVigente
Decreto 1659 de 1956
Por el cual se designa la entidad que debe dar aplicación a las normas contenidas en el artículo 4º del Decreto 109 de 1945
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mayor General Gabriel ParisEl Ministro de Guerra
- Hernando Salazar MejíaEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Cástro Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Gabriel Velásquez PaláuEl Ministro de Salud Pública
- Teniente Coronel Mariano Ospina NavíaEl Ministro de Fomento
- Félix García RamírezEl Ministro de Minas y Petróleos
- Mayor General Gustavo Berrío MEl Ministro de Educación Nacional , Gabriel Betancur Mejía. El Ministerio de Comunicación
- Contraalmirante Rubén Piedrahita ArangoEl Ministro de Obras Públicas