DecretoVigente
Decreto 1520 de 1942
Por el cual se crea un Servicio Antivenéreo en Puente Nacional
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Créanse Un2La Dirección De Este Servicio, Así Como Su Control Administrativo Quedara A Cargo Del Director Del Centro De Higiene De Puente Nacional, Cuyo Visto Bueno En Las Nóminas Y Cuentas Respectivas Será Indispensable Para Que Puedan Ser Pagadas3Los Sobrantes Que Se Causen En Los Gastos Que Indica El Artículo 1° De Este Decreto, Pueden Ser Invertidos En; Ampliar Y, Perfeccionar El Servicio, Mediante Resolución Del Médico Director Del Centro De Higiene De Puente Nacional, Que Necesita La Aprobación Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social4El Gasto Que Implica El, Presente Decreto5Nombrase Enfermo Del Puesto Profilactico De Puente Nacional Al Señor Luis Eduardo Valderrama Comuníquese Y Publíquese Dado En Bogotá A 26 De Junio De 1942 Eduardo Santos El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Carlos Lleras Restrepo El Ministro De Trabajo, Higiene Y Previsión Social José Joaquín Caicedo Castilla
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