DecretoVigente
Decreto 1450 de 1967
Por el cual se adiciona el Decreto número 1071 de junio 10 de 1967
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Los Efectos De La Deducción De $02La Subdivisión De Recaudación De La División De Impuestos Nacionales Determinará El Monto De La Deducción De Que Trata El Artículo 1º De Este Decreto, Con Base En La Diferencia Entre Los Volúmenes De Gasolina Suministrados Por Las Refinerías E Importadores A Los Distribuidores Mayoristas En El Período Comprendido Entre Enero 1º Y Junio 10 De 1967, Y Los Volúmenes Vendidos Por Los Distribuidores Mayoristas En Ese Mismo Lapso3Las Refinerías E Importadores Enviarán A La Subdivisión De Recaudación De La División De Impuestos Nacionales Relaciones Mensuales De Las Ventas Y Recaudos De Gasolina Y Acpm A Que Se Refiere El Artículo 4º Del Decreto 3083 De 19664El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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