DecretoVigente
Decreto 1285 de 1971
Por el cual se modifican los artículos 1º y 2º del Decreto 119 de 28 de enero de 1971
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Vehículos Automóviles De La Posición 872Cuando Los Vehículos De Que Trata El Artículo Anterior Tengan Por Destino El Servicio Público (Taxis), Quedarán Sujetos A Las Tarifas Arancelarias Que A Continuación Se Indican: Vehículos Automóviles Gravamen % De Precio F3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Es Aplicable También A Aquellos Vehículos De Que Trata Este Decreto Que Habiéndose Importado Con Anterioridad Al Mismo Se Encuentren Pendientes De Nacionalización
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