DecretoVigencia En Estudio
Decreto 12 de 1961
Por el cual se establecen normas sobre radiodifusión
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Ministerio De Comunicaciones Contratará Con La Empresa Nacional De Telecomunicaciones La Organización, Y El Funcionamiento De Un Sistema De Control Y Vigilancia Sobre Los Servicios De Radiocomunicaciones Que Operan En El País, Por Medio De Estaciones De Control, Monitoria Y Servicio De Radiogoniometría, O Cualquiera Otro Medio2Mientras Se Organizan Los Servicios Previstos En El Articulo Anterior, Quedan Prohibidas Las Transmisiones Por Radio De Discursos Y Conferencias De Carácter Político, Y De Noticias Sobre Orden Público O Sobre Operaciones Militares Que No Provengan De Fuentes Oficiales, Autorizadas, Lo Mismo Que La Difusión De Noticias O Comentarios Sobre Desórdenes Políticos Y Sociales3Los Concesionarios De Licencias Y Permisos Para Operar Estaciones Radiodifusoras, Deberán Enviar Al Ministerio De Comunicaciones En Bogotá, O A Los Gobernadores, En Los Respectivos Departamentos, Dentro De Las Veinticuatro (24) Horas Siguientes A Cada Emisión, El Texto Escrito O Grabado De Los Programas Que Contengan Noticias O Comentarios4No Digitado En Diario Oficial 30639>>5El Gobierno Abrirá Los Créditos Adicionales Necesarios Para Atender A Los Gastos Que Demande El Cumplimiento De Este Decreto6Este Decreto Rige A Partir De Su Fecha
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Alberto LlerasPresidente de la República
- Fernando Londoño Y LondoñoEl Ministro de Gobierno
- José Joaquín Caicedo CastillaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Vicente Laverde AponteEl Ministro de Justicia
- Mayor General Rafael Hernández PardoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, Misael Pastrana Borrero .-EÍ Ministro de Guerra
- Hernán Toro AgudeloEl Ministro de Agricultura
- José Elias Del HierroEl Ministro del Trabajo
- Alvaro De AnguloEl Ministro de Salud Pública
- Aurelio Camacho RuedaEl Ministro de Fomento
- Jaime PosadaEl Ministro de Educación Nacional
- Esmeralda Arboleda De UribeEl Ministro de Comunicaciones
- Carlos Obando VelascoEl Ministro de Obras Públicas