DecretoDerogado
Decreto 1154 de 1949
Por el cual se señala el personal al servicio del Consejo Nacional de Petróleos, y se fijan las asignaciones correspondientes
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Mayo Del Presente Año, El Consejo Nacional De Petróleos Tendrá A Su Servicio El Personal Que Se Enumera A Continuación, Con Las Asignaciones Mensuales Siguientes: 1 Secretario $ 7002El Ministerio De Minas Y Petróleos Fijará Por Medio De Resoluciones El Lugar De Residencia Y Las Funciones De Los Empleados A Que Se Refiere El Presente Decreto
03