Articulo 2° El Ministerio de Minas y Petróleos fijará por medio de resoluciones el lugar de residencia y las funciones de los empleados a que se refiere el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1154 de 1949 →Vigente
Artículo 2
El Ministerio De Minas Y Petróleos Fijará Por Medio De Resoluciones El Lugar De Residencia Y Las Funciones De Los Empleados A Que Se Refiere El Presente Decreto
Decreto 1154 de 1949 · Por el cual se señala el personal al servicio del Consejo Nacional de Petróleos, y se fijan las asignaciones correspondientes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.