DecretoVigente
Decreto 114 de 1975
por el cual se modifica el Decreto 1713 de 1973
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifícase El Artículo 1 Del Decreto Número 1713 De Agosto De 1973 En El Sentido De Que Los Gravámenes Fijados En El Artículo 1 Del Decreto Número 041 De 1966 Serán Aplicables A Los Vehículos De Los Colombianos Con Categoría Diplomática O Consular Que No Sean Jefes De Misión Y A Los Funcionarios Colombianos De Organismos Internacionales Con Cargos Que Tengan Equivalencia Diplomática, Así Como A Los Funcionarios De La Superintendencia Bancaria Que Desempeñen Un Cargo En El Exterior Por Un Período Mayor De Un (1) Año Consecutivo, También Con La Categoría Equivalente A La Diplomática, Previa Certificación Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Cuando El Valor Fob Del Vehículo En Fábrica Sea Inferior A Cinco Mil Ochocientos Dólares (Us$52Modifíquese El Artículo 2 Del Decreto Número 1713 De 1973 En El Sentido De Que Los Funcionarios Administrativos Adscritos A Las Representaciones Diplomáticas Y Consulares, Que No Tengan El Carácter De Locales, Podrán Importar Al País Un Automóvil Cuyo Valor Fob En Fábrica Sea Inferior A Tres Mil Quinientos Dólares (Us$33El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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