DecretoDerogado
Decreto 1119 de 1972
Por el cual se modifica parcialmente la planta de personal del Ministerio de Justicia establecida por el Decreto 3176 de 1968
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suprímense De La Planta De Personal Del Ministerio De Justicia Los Siguientes Cargos: Establecimientos Carcelarios2Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Justicia Los Siguientes Cargos: Establecimientos Carcelarios3El Gobierno O El Ministro De Acuerdo A Su Competencia Procederán, Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen Por El Presente Decreto; Y Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Ministerio De Justicia Fueren Incorporados En Dichos, Cargos No Requerirán Llenar Otra Formalidad Para La Posesión Que La Firma Del Acta Respectiva Y El Pago Del Impuesto De Timbre Correspondiente A La Diferencia De Remuneración, Si A Ello Hubiere Lugar4El Reconocimiento De La Prima De Antigüedad Se Hará Conforme A Las Previsiones Del Decreto 2285 Y 3191 De 19685Los Actuales Empleados Del Ministerio De Justicia Que Fueren Designados En Cargos Cuyos Sueldos Fueren Inferiores A Los Que Estén Percibiendo En El Momento De Incorporarse A La Planta Establecida Por El Presente Decreto Continuarán Recibiendo El Sueldo Anterior Hasta Que Se Retiren O Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán Sobre Los Sueldos Básicos6El Gobierno Nacional Queda Autorizado Para Abrir Los Créditos Y Efectuar Los Traslados Presupuéstales Necesarios Para El Cumplimiento Del Presente Decreto7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Julio De 1972
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