Micelio

Artículo 2

Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Justicia Los Siguientes Cargos: Establecimientos Carcelarios

Decreto 1119 de 1972 · Por el cual se modifica parcialmente la planta de personal del Ministerio de Justicia establecida por el Decreto 3176 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créanse en la planta de personal del Ministerio de Justicia los siguientes cargos: Establecimientos carcelarios. No. de cargos, clase y categoría Sueldo. 20 Capitanes de Prisiones II-19 $ 2.790.00 40 Tenientes de Prisiones II-17 2.310.00 80 Sargentos de Prisiones II-15 1.910.00 350 Cabos de Prisiones II-13 1.580.00 4.059 Guardianes IV-11 1.310.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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