DecretoDerogado
Decreto 107 de 1993
por el cual se modifica el Decreto 13 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1° El Parágrafo Del Artículo 2° Del Decreto 13 De 1993, Quedará Así: "estos Empleados No Tendrán Derecho Al Pago De Las Primas De Antigüedad, Técnica Y Semestral, Tampoco A Las Bonificaciones De Quinquenio Y Vacacional"2° A Partir Del 1° De Enero De 1993, El Director General Del Senado Y Los Secretarios Generales De Ambas Corporaciones, Percibirán Por Concepto De Gastos De Representación Cuatrocientos Cincuenta Mil Pesos ($ 4503° Los Empleados Que Pertenecían A La Planta De Personal De Las Leyes 52 De 1978 Y 28 De 1983 Y Pasaron A Ocupar Cargos En La Planta De Personal Fijada Por La Ley 5ª De 1992, Continuarán Devengando Las Primas Y Prestaciones Sociales Que Venían Disfrutando4° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias En Especial El Artículo 1° Del Decreto 1303 De 1992, Y El Decreto 802 De 1992 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1993
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