DecretoVigente
Decreto 102 de 1913
por el cual se reglamenta el cumplimiento de las Leyes 65 y 89 de 1912, "sobre construcción del ferrocarril de Nariño," y "por la cual se ordena la construcción de una vía férrea que comunique al Departamento Norte de Santander con el río Magdalena."
3artículos
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0sentencias
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Ordenase El Estudio Y Ejecución De Dos Trazados Para La Construcción De Ferrocarriles, Así: Uno Que Comunique El Océano Pacífico Con Un Punto Conveniente Del Río Putumayo, Pasando Por Pasto, O Con Un Ramal A Esta Ciudad2Los Estudios Ordenados En El Artículo Anterior Se Ejecutarán Por Sendas Comisiones Técnicas, Compuesta Cada Una De Un Ingeniero Jefe, Un Segundo Ingeniero Y Dos Ingenieros Ayudantes; Y Los Gastos De Personal Y Material De Las Comisiones Serán Imputados A Las Partidas Que Figuran En El Presupuesto Vigente, Capítulo 86, Artículo 501 Y 503, Para Los Ferrocarriles De Tamalameque Y Nariño , Respectivamente3Por Decreto Separado Se Nombrará El Personal De Las Comisiones Indicadas En El Artículo Anterior Y Se Fijarán Las Asignaciones Correspondientes
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