Modifícase el artículo 296 del Estatuto Tributario, el cual queda así:
" Artículo 296. Tarifa . La tarifa del impuesto al patrimonio es del uno punto dos (1.2%) por cada año, de la base gravable establecida de conformidad con el artículo anterior".
Tarifa
Ley 1111 de 2006 · LEY 1111 DE 2006, 28/12/2006, por la cual se modifica el estatuto tributario de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Modifícase el artículo 296 del Estatuto Tributario, el cual queda así:
" Artículo 296. Tarifa . La tarifa del impuesto al patrimonio es del uno punto dos (1.2%) por cada año, de la base gravable establecida de conformidad con el artículo anterior".
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.