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Impugnacion Contra La Sentencia C-422 De 2006 Que Decidio La Demanda Contra El Articulo 121 Numeral 1 Parcial Del Decreto 663 De 1993 Que Actualiza El Estatuto Organico Del Sistema Financiero Y Modifica Su Titulacion Y Numeracion. En Aplicacion Del Articulo 49 Del Decreto 2067 De 1991, Contra La Sentencias De Constitucionalidad De Esta Corporacion No Procede Recurso Alguno. Rachaza Por Improcedebte La Impugnacion Formulada
Demandante: Fernando Fonseca Jimenez
Ponente: Alvaro Tafur Galvis
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Veinticinco Civil Del Circuito De Bogota Y El Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Segunda Subseccion A. Ordena Remitr El Expediente Al Juzgado Veinticinco Civil Del Circuito De Bogota
Demandante: Maye Plata Vera En Nombre Propio Y En Representacion De Su Hijo Vs. Tribunal Superior De Bogota
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Derecho Al Debido Proceso Dentro Del Tramite De Proceso Disciplinario Por Denuncia Presentada Ante El Consejo Seccional De Ingenieria Por Ejercicio Ilegal De La Profesion De Ingenieria, En El Que El Juzgado Quinto Civil Del Circuito De Cucuta Concedio La Tutela Y El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cucuta Revoco La Decision De Primera Instancia, Pretermitiendose La Distribucion De Competencias Del Decreto 1382 De 2000, Pues La Demanda Se Instauro Contra Una Autoridad Del Orden Nacional, Lo Que Impedia Al Juez Del Circuito Asumir En Primera Instancia El Estudio Del Caso. Declara La Nulidad De Todas Las Actuaciones Y Se Ordena Enviar El Expediente Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cucuta Para Que Rehaga El Procedimiento
Demandante: Meneses Acevedo Martha Yaneth
Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 16 De Junio De 2006, Proferido Por El Magistrado Manuel Jose Cepeda Espinosa Que Rechazo La Demanda Contra El Literal C Del Articulo 2 De La Ley 232 De 1995. Inexistencia De Argumentacion Del Recurso De Suplica. El Actor No Expone Ningun Argumento Dirigido A Controvertir Las Razones Que Sustentaron El Rechazo De La Demanda. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Jorge Alonso Garrido Abad
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Recurso De Suplica Contra El Auto De Mayo 25 De 2006, Proferido Por El Magistrado Alvaro Tafur Galvis, Que Rechazo La Demanda Contra El Inciso 2 Del Numeral 10 Del Articulo 48 De La Ley 788 De 2002. Encuentra La Corte Que Los Cargos Ya Fueron Objeto De Pronunciamiento De Fondo Y Que En Virtud Del Decreto 2067 De 1991 No Hay Lugar A Un Nuevo Pronunciamiento Sobre Las Mismas Acusaciones. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Fernando Zarama Vasquez
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Impedimentos Del Procurador Y Viceprocurador General De La Nacion Para Emitir Concepto Dentro Del Proceso De La Referencia. Acepta Los Impedimentos
Demandante: Carlos Enrique Campillo Parra Y Otro
Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra
Ley 734 De 2002 Articulo 38 Paragrafo Primero. Se Expide El Codigo Disciplinario Unico. Impedimento Del Procurador Y Vice-Procurador General De La Nacion Para Rendir Concepto Dentro Del Proceso De La Referencia. Acepta Los Impedimentos
Demandante: David Arbelaez Restrepo Y Otro
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Decimo Civil Municipal De Medellin Y El Tribunal Contencioso Administrativo De Antioquia. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Decimo Civil Municipal De Medellin
Demandante: Jaime Enrique Sanchez Perez Vs. Las Empresas Publicas De Medellin
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Primero De Ejecucion De Penas Y De Medidas De Seguridad De La Dorada Caldas Y El Tribunal De Lo Contencioso Administrativo De Caldas. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Primero De Ejecucion De Penas Y De Medidas De Seguridad De La Dorada Caldas
Demandante: Amparo De Jesus Lopez Martinez Vs. Superintendencia De Salud
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa
Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-385/95, Motivada En El Estado De Deterioro En Que Se Encontraba La Escuela Del Barrio Republica De Venezuela De Cartagena De Indias Debido A Fallas Estructurales De Su Planta Fisica. En Marzo De 2005 Se Inicio Incidente De Desacato Contra El Alcalde Distrital De Cartagena De Indias Por Incumplimiento De La Sentencia T-385 De 1995 En El Que El Juez Resolvio Que No Habia Lugar A La Imposicion De Sancion Por Desacato A Las Autoridades Publicas Pues Cumplieron Lo Dispuesto En La Sentencia. En El Mes De Agosto De 2005 Ante La Eventual Necesidad De Intervencion De La Corte Constitucional Para Hacer Efectiva La Proteccion De Los Derechos Otorgados Se Ordeno Al Juzgado Noveno Penal Municipal De Cartagena Que Remitiera La Actuacion Realizada Por Ese Despacho Para El Tramite Del Cumplimiento O Desacato De La Orden Impartida. En Vista Que El Juzgado Noveno Penal Municipal De Cartagena Fue Suprimido Y Su Carga Asumida Por El Juzgado Septimo Penal Municipal De Ese Circuito Se Ordeno A Este Ultimo Remitir La Actuacion. El Cumplimiento De Los Fallos De Tutela Proferidos En Sede De Revisión Por La Corte Constitucional. Respeto Al Principio De Cosa Juzgada. Incumplimiento De La Orden De Tutela Impartida En La Sentencia T-385/95. Necesidad De Otra Orden En Reemplazo Para El Efectivo Restablecimiento De Los Derechos Fundamentales Amparados En La Sentencia T-385/95. Se Ordena Al Alcalde Mayor Del Distrito De Cartagena De Indias Cumpla Con Lo Ordenado En El Numeral Segundo De La Parte Resolutiva De La Sentencia T-385/95 E Inice Las Actuaciones Para Que Proporcione Al Barrio Un Establecimiento Educativo Adecuado
Demandante: Presidenta De La Junta De Accion Comunal Del Barrio Republica De Venezuela
Ponente: Jaime Araujo Rentería
Solicitud De Aclaracion De La Sentencia T-717/04 En La Que Solicita Informes A La Corte Constitucional Y Hace Preguntas De Contenido Juridico Relacionadas Con Normas De Propiedad Horizontal. Por Regla General Las Decisiones Que, En Sede De Revisión De Fallos De Tutela, Dicta La Corte Constitucional No Son Susceptibles De Aclaración, Corrección O Adición En Virtud De Los Principios De Seguridad Jurídica, Cosa Juzgada Y El Derecho Al Debido Proceso. No Obstante, Y Con El Fin De Posibilitar La Ejecución De Sus Decisiones Y Asegurar La Protección De Los Derechos Fundamentales, La Corte Ha Establecido Que Sólo De Manera Excepcional, Procede La Aclaración O Corrección De Sus Fallos En Los Términos De Los Artículos 309 Y 310 Del Código De Procedimiento Civil. Para Esta Sala Resulta Claro Que La Señora Consuelo Sierra G No Fue Parte Dentro Del Proceso De Tutela Y Que, Por Ende, Carece De Legitimación Para Solicitar La Aclaración Del Fallo Proferido Por La Sala Primera De Revisión De Tutelas De La Corte Constitucional. Además Debe Indicarse Que La Solicitud De Aclaración De La Sentencia T-717/04 Hecha Por La Señora Consuelo Sierra Es, A Todas Luces, Extemporánea. Rachazada Por Improcedente
Demandante: Consuelo Sierra G.
Ponente: Jaime Araujo Rentería
Presunta Violacion Del Derecho Al Debido Proceso En La Revisión Tecnica Al Medidor De Un Inmueble Propiedad Efectuada Por La Empresa En La Que Se Detecto Una Anomalia Que Condujo A La Declaratoria De Incumplimiento Del Contrato De Condiciones Uniformes Y A Cobrar La Energia Dejada De Facturar Al Igual Que Una Sancion Pecuniaria. Solicito La Inaplicacion Del Acto Administrativo Sancionatorio. Analisis De La Legitimacion Por Activa. No Es Clara En El Expediente La Razon Por La Cual La Señora Esta Legitimada Para Controvertir La Decision Adoptada Por Electricaribe En El Predio Y Son Dos Las Personas Distintas Que Manifiestan Ser Titulares Del Mismo Predio Y Destinatarias De La Misma Actuacion Administrativa. Como Quieras Que Sin Establecer La Legitimacion Por Activa No Es Posible Proferir Una Decision De Fondo, La Sala Habra De Abstenerse De Pronunciarse De Fondo En El Presente Proceso. Abstenerse De Revisar La Accion De Tutela Y Dejar Sin Efectos Las Actuaciones Cumplidas
Demandante: Beltran Ariza Carmelina
Ponente: Rodrigo Escobar Gil
Solicitud De Aclaracion Y Recurso De Reposicion Contra La Sentencia T-053/06 Al Considerar Que La Sentencia Impugnada Vulnero El Derecho Al Debido Proceso, Pues En Concepto Del Solicitante, La Sala Primera De Revision De La Corte Constitucional Habria Usurpado La Competencia De Los Jueces Ordinarios Al Proferir Una Decision De Carácter Definitivo Y Ademas Los Presupuestos Del Articulo 239 Del Codigo Sustantivo Del Trabajo No Estaban Dados En El Caso De La Señora Maldonado Rojas. Improcedencia De Los Recursos Contra Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revision De La Corte Constitucional Procedencia De La Solicitud De Nulidad Contra Estas Providencias. Solicitud De Aclaracion Extemporanea. Rechazada Por Improcedente
Demandante: Jose Anibal Giraldo Zuluaga
Ponente: Jaime Araujo Rentería
Derecho Al Debido Proceso, La Igualdad Y El Acceso A Cargos Y Funciones Publicas De Persona Que Pese A Ocupar El Primer Puesto En El Registro De Elegibles, No Fue Designado Por La Corte Como Magistrado De La Sala Laboral Del Tribunal Superior De Bogota. La Competencia Para Tramitar Las Acciones De Tutela Contra Los Actos De Designacion De Magistrados De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial Corresponde En Primera Instancia A Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial, Administrativos Y Consejos Seccionales De La Judicatura, A Prevencion. Declara La Nulidad De Lo Actuado Y Ordena Remitir El Expediente A La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca
Demandante: Gonzalez Velasquez Luis Carlos
Ponente: Alvaro Tafur Galvis
Revisión De La Ley 1018 De 2006 "por Medio De La Cual Se Aprueba El "convenio Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República De Bolivia Para La Recuperación De Bienes Culturales Y Otros Específicos Robados, Importados O Exportados Ilícitamente". La Corte Debe Determinar Si El Error En La Radicación De Un Proceso De Control Previo De Constitucionalidad (C.P. Art. 241-10), Generado Por La Presentación Ante Esta Corporación De Una Causa En Trámite Bajo Un Nuevo Número De Ley, Implica Necesariamente El Compromiso De Anular Todo Lo Actuado En El Proceso Distinguido Como Lat-288 Conforme Al Artículo 49 Del Decreto 2067 De 1991, O No, En Especial Porque Con Fundamento A Los Principios De Economía Procesal, Eficiencia Y Celeridad, El Segundo Proceso Contiene Gran Parte De La Información Necesaria Para Determinar El Aparente Cumplimiento Del Auto 089 De 2005 Frente A La Ley 896 De 2005, En El Proceso Distinguido Como Lat-269 De Esta Corporación Y Continuar Con Su Trámite Constitucional. La Jurisprudencia Sobre Nulidad En Los Procesos Constitucionales Ante La Corte Constitucional. En El Caso Que Nos Ocupa, Si Bien Se Ha Incurrido En Un Error En La Radicación Anunciada Como Lat-288, Difícilmente Puede Alegarse La Nulidad De La Actuación Surtida Ante Esta Corporación En Sí Misma Considerada, Porque Desde Una Perspectiva Eminentemente Sustancial, El Debido Proceso O Los Derechos De Los Intervinientes, No Ha Sido Vulnerado. Si Bien Se Produjo Un Error En La Radicación Conforme Se Ha Indicado A Lo Largo De Esta Providencia, Tal Error, Causado Principalmente Porque El Convenio En Mención Se Identificó Con Dos Números De Ley Distintas, No Afecta En Modo Alguno La Esencia Del Proceso Constitucional Surtido En Esta Corporación O Del Debido Proceso De Los Intervinientes, En La Medida En Que El Trámite Que Se Ha Adelantado Frente Al Lat-288 Hasta El Momento, Sólo Responde Al Recaudo Probatorio Necesario Para Asegurar Que Efectivamente La Norma Presentada A Esta Corporación En Esta Segunda Oportunidad, Corresponda Ciertamente Al Proceso Distinguido Como Lat- 269. Dejar Sin Efectos Lo Actuado En El Lat-288 Con Excepcion De Las Pruebas Que Se Surtieron, Las Cuales Seran Trasladadas Al Lat-269
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa
Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Superior De Antioquia Sala Civil Y El Consejo De Estado Seccion Cuarta. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Superior De Antioquia Sala Civil-Familia-Agraria
Demandante: Jorge Enrique Figueroa Morantes Vs. Consejo Superior De La Judicatura Y Otros
Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Unico Promiscuo Municipal De Santuario Risaralda Y El Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Primera Subseccion B. Ordena Al Tribunal Administrativo De Risaralda Asumir El Conocimiento De La Accion De Tutela
Demandante: Asociacion Grupo Ecologico Tamana Santuario Vs. Ministerio De Comunicaciones
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Cuarto Penal Del Circuito De Pasto Y El Tribunal Administrativo De Nariño. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Cuarto Penal Del Circuito De Pasto
Demandante: Daira Teresa Realpe Silva Vs. Icfes
Ponente: Alvaro Tafur Galvis
Peticion Para Que Se Le Informe Sobre Las Razones Por Las Cuales En Auto Del 24 De Abril De 2006 No Se Pronuncio La Corte Sobre La Procedencia De La Accion De Inconstitucionalidad Contra El Articulo 298 De La Ley 906 De 2004 Ni Sobre La Procedencia Del Recurso De Suplica En Lo Que Respecta Al Articulo Citado. Infórmese Al Peticionario Que En El Auto Solo Se Decidio El Recurso De Suplica Interpuesto Contra El Rechazo De La Demanda
Demandante: Edgar Saavedra Rojas
Ponente: Alfredo Beltrán Sierra
Recurso De Reposicion Contra El Auto 144 De 2006 Que Decidio La Recusacion Formulada Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria En Los Procesos D-6122, D-6123 Y D-6124. No Repone El Auto 144 De 2006 Que Rechazo Por Impertinente La Recusacion
Demandante: Ana Maria Ramirez
Ponente: Alfredo Beltrán Sierra
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 18 De Mayo De 2006, Proferido Por El Magistrado Manuel Jose Cepeda Espinosa, Que Rechazo La Demanda De Inconstitucionalidad Presentada Por Jose Dionisio Calderon. Inexistencia De Argumentacion Del Recurso De Suplica. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Jose Dionisio Calderon
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Conflicto De Competencia Entre El Consejo Seccional De La Judicatura Del Magdalena Sala Jurisdiccional Disciplinaria Y El Juzgado Tercero Civil Del Circuito De Santa Marta. Ordena Remitir El Expediente Al Consejo Seccional De La Judicatura Del Magdalena Sala Jurisdiccional Disciplinaria
Demandante: Enrique Jimenez Blanco Y Otros Vs. Ministerio De La Proteccion Social Y Otras
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Segundo Penal Del Circuito De Bogota Y El Juzgado Primero Penal Del Circuito De Velez Santander. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Superior De Bogota Sala Penal
Demandante: Cesar Eduardo Villafrades Galvis Vs. Fiscalia 120 De Bogota
Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Promiscuo Municipal De Cañasgordas Y El Juzgado Veintisiete Civil Municipal De Medellin. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Promiscuo Municipal De Cañasgordas
Demandante: Wilson Alberto Perez Jaramillo (Personero Municipal De Cañasgordas.-Antioquia) Vs. Coomeva
Ponente: Jaime Córdoba Triviño