T-978 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Ligia Santacruz De Gomez Vs. Cajanal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inclusión en nómina
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a gozar de manera integral oportuna y efectiva de la pension reconocida en conexidad con el derecho al minimo vital de afiliada a quien no obstante haberle sido rconocida la pension no ha sido incluida en nomina de pensionados.
No satisface el derecho al pago integral oportuno y efectivo de las mesadas pensionales el mero reconocimiento sino que es necesaria la inclusión en nomina.
Procedencia de la accion de tutela.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Bogotá en cuanto negó el amparo solicitado por la señora Ligia Santacruz de Gómez.
- Segundo. TUTELAR el derecho de la actora a gozar de manera integral, oportuna y efectiva de la pensión reconocida, en conexidad con el derecho al mínimo vital y ORDENAR a la Caja Nacional de Previsión Social que adopte las medidas necesarias para que incluya en nómina la pensión del actor, si aún no lo ha hecho, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta sentencia.
- Tercero. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.