Micelio
Sentencia de Tutela24 de octubre de 2002

T-898 de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Aris Serna Bermudez Vs. Batallon Jose Hilario Lopez No. 56

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida De Soldado Profesional Voluntario. Solicitud Prestacion Servicos Medicos. Accidente De Transito Cuando Conducia Moto Dentro De La Institucion. Alta Voluntaria. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida
  • No vulneración por cuanto el batallón no ha negado los servicios médicos a soldado
Derecho A La Salud Del Soldado
  • Traslado a otra ciudad por su madre sin autorización del batallón y suspensión de servicios médicos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Confirmar el fallo proferido el cuatro (4) de junio de dos mil dos (2002) por el Juzgado Dieciseis Penal del Circuito de Cali, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Aris Serna Bermudez en representacion de su hijo Geovanny Idarraga Serna, en contra del Batallon Jose Hilario Lopez 56 Contraguerrilla.
  2. Segundo. Advertir al Comandante del Batallon Contraguerrilla No. 56 Jose Hilario Lopez, que autorice, una vez lo solicite la demandante, la prestacion de los servicios medicos que el senor Geovanny Idarraga Serna, necesite para su total recuperacion.
  3. Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.