Micelio
Sentencia de Tutela27 de octubre de 2011

T-808 de 2011

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Victor Leonel Corzo Barrera·Demandado Procuraduria Delegada Para La Policia Nacional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no cumplir con requisito de inmediatez al transcurrir dos años sin justificación y no utilizar los recursos ordinarios en proceso disciplinario
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, defensa, trabajo familia.

En el presente caso alega el accionante que dentro de un proceso disciplinario adelantado en su contra por parte de la Procuraduría Delegada ante la Policía Nacional, el cual terminó con su destitución, le vulneraron derechos fundamentales en razón a la indebida notificación de las diversas actuaciones adelantadas, toda vez que fueron enviadas a una dirección errada.

La Sala de Revisión considera que la presente acción de tutela se torna IMPROCEDENTE por el incumplimiento de los requisitos de subsidiariedad e inmediatez.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura del 11 de mayo de 2011, mediante el cual se confirmo la sentencia del 4 de abril de 2011 de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolivar que declaro la improcedencia de la accion de tutela instaurada por el Capitan (r) Victor Manuel Corzo Barrera, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.