Micelio
Sentencia de Tutela3 de diciembre de 1998

T-749 de 1998

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Clemencia Alicia Consuegra Gonzalez

Tema · dato duro
Der. A La Vida. Der. A La Salud. No Afiliacion De La Demandante En Estado De Embarazo A Un Regimen De Seguridad Social. Entidades Territoriales. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVÓCASE la sentencia del treinta y uno (31) de agosto de mil novecientos noventa y ocho (1998), proferida por el Tribunal Administrativo del Atlántico. En consecuencia, se concede la tutuela solicitada por la señora Carmen Alicia Consuegra González contra el departamento del Atlántico y el municipio de Baranoa (Atlántico).
  2. Segundo. ORDÉNASE al Gobernador del departamento del Atlántico y al Alcalde del municipio de Baranoa, si ya no lo hubieren hecho, procedan, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, a la afiliación al régimen de Seguridad Social, a la demandante de esta tutela.
  3. Si por la imprevisión administrativa no hubiere partida presupuestal disponible, las cuarenta y ocho(48) horas se conceden para que se inicien los trámites correspondientes, con miras a efectuar las adiciones presupuestales que permitan tal afiliación.
  4. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.