Micelio
Sentencia de Tutela15 de agosto de 2002

T-665 de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Heraclio Pulido Pulido Y Otros Vs. Datacredito Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Al Habeas Data. Informacion Veraz En Asuntos De Credito. Temeridad. Tutela Contra Particulares. Regimen De Excepcion O Alivio. Retroactividad. Ley 716 De 2001. Art. 19. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Caducidad Del Dato
  • Aplicación de ley con régimen de excepción para personas que se pongan al día
  • Aplicación de ley con régimen de excepción no puede ser retroactiva
Habeas Data
  • Permanecer en base de datos una vez cancelada deuda no constituye vulneración
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias que no concedieron las tutelas en los procesos de la referencia, proferidas por: el Juzgado 4º Civil Municipal de Bogotá, de 2 de mayo de 2002, Corte Suprema de Justicia, del 12 de abril de 2002, Tribunal Superior de Distrito Judicial, Sala Civil, de 23 de abril de 2002, Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá, de 7 de mayo de 2002, Juzgado 5 Penal Municipal de Bogotá, de 27 de febrero de 2002, Juzgado 30 Civil Municipal de Bogotá, de 3 de mayo de 2002, Juzgado 27 Civil Municipal de Bogotá, de 9 de mayo de 2002, Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, de 10 de abril de 2002, Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, de 10 de abril de 2002, Juzgado 3º Civil del Circuito de Bogotá, de 29 de abril de 2002, Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, de 14 de mayo de 2002, Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, 8 de mayo de 2002, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, 23 de abril de 2002.
  2. SEGUNDO. NO CONCEDER la Tutela al señor JAIME AUGUSTO RENGIFO PENA por haber incurrido en temeridad al instaurar dos tutelas entre ellas la radicada bajo el número T-601203 que es objeto del presente fallo.
  3. TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.