Micelio
Sentencia de Tutela22 de septiembre de 2009

T-661 de 2009

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Oscar Gaviria Bedoya·Demandado Colmedica Medicina Prepagada

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Carácter subsidiario o residual
Accion De Tutela Contra Empresa De Medicina Prepagada
  • Improcedencia por cuanto las pretensiones versan sobre contenido de naturaleza económica
Contrato De Medicina Prepagada
  • Características
  • Naturaleza jurídica
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Petición, debido proceso, igualdad y seguridad social.

El accionante solicita se ordene a su entidad de medicina prepagada que le sea cobrada en forma legal y equitativa la tarifa atinente al contrato celebrado con dicha entidad, en concordancia con la antigüedad de que goza, esto debido a que la entidad accionada realizó un aumento desmesurado de su cuota de afiliación basándose en que el actor tiene mas de 65 años de edad y por lo tanto en el artículo 26 del Decreto 1570 de 1993, se le da la facultad para incrementar las tarifas de sus planes de medicina.

La Sala encuentra que las pretensiones del actor versan sobre un contenido de naturaleza económica, lo cual hace improcedente la acción de tutela, sin embargo se advierte que al no existir cláusulas en el contrato suscrito que hagan referencia al incremento excedido en la cuota del contrato al llegar a la edad de 65 años, es factible considerar un posible abuso de posición dominante de la entidad demandada por lo tanto se compulsan copias a la Superintendencia de Salud para que ella, si lo considera pertinente tome las medidas del caso.

Negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Noveno. Civil Municipal de Barranquilla, en septiembre 4 de 2008, confirmatoria de la dictada por el Juzgado
  3. Primero. Civil del Circuito de la misma ciudad, en diciembre 19 de 2008, modificandola en el sentido de DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela de los derechos al debido proceso, a la igualdad, y a la seguridad social del senor Oscar Gaviria Bedoya, por las razones expuestas en la presente sentencia.
  4. Segundo. COMPULSAR COPIAS a la Superintendencia de Salud, para que ella, si lo considera pertinente y observa un abuso frente al consumidor tome las medidas de ley para que cese esa situacion y evite vulneraciones futuras.
  5. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.