Micelio
Sentencia de Tutela19 de junio de 2001

T-643 de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Eugenia Ines Garcia Arango Y Otros Vs. La Nacion Y Otros

Tema · dato duro
Derecho A La Dignidad Igualdad Incremento Salarial Remuneracion Movil Y Vital. Improcedencia De La Tutela Para Solicitar Incremento Salarial. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria
  • Improcedencia incremento salarial para servidores públicos
Gobierno
  • Formulación anual del presupuesto y ley de apropiaciones
Juez Constitucional
  • Improcedencia para sustituir a las autoridades en las competencias asignadas por la Constitución Política
Juez De Tutela
  • Imposibilidad de modificar presupuesto para incremento salarial de servidores públicos
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por la Sala Cuarta de Decision del Tribunal Administrativo de Antioquia del 28 de marzo de 2000 (Expediente T-324935), por el Juzgado Promiscuo de Familia de Chinu (Cordoba), del 4 de abril de 2000 (expediente T-325123), y las proferidas por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibague, de fecha 6 de abril de 2000 (expedientes T-326486 y T-326487) en las acciones de tutela interpuestas por Eugenia Ines Garcia Arango, Carmen Simona Figueroa Ruiz, Nidia Janneth Castillo Upegui y Flor Alba Uruena de Reyes contra la Nacion, Ministerio de Hacienda y Credito Publico, Ministerio de Educacion Nacional y Departamento Administrativo de la Funcion Publica por las consideraciones aqui expuestas
  2. Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.