Sentencia de Tutela16 de octubre de 1998
T-579 de 1998
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Juan De Jesus Cano Reyes
✓
Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. A La Educacion. Der. De Peticion. Negacion De Matricula Extemporanea. Universidad Antonio Nariño. Concedida Parcialmente.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Autonomía Universitaria
- Alcance
Programa Academico De Institucion Universitaria
- Actitud crítica de representante estudiantil
- Controversia, disenso y debate crítico sobre calidad
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, el fallo de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, de fecha 10 de julio de 1998, que a su vez, confirmó la decisión del Juzgado Treinta y Nueve Penal del Circuito, contenida en sentencia de 2 de junio de 1998, de tutelar el derecho de petición del actor.
- Segundo. CONFIRMAR, en lo relacionado con la protección solicitada por el actor para los derechos a la igualdad y a la educación, el citado fallo de la Sala Pena del Tribunal Superior de Santafé de Bogotá, que revocó el fallo del a-quo y en su lugar denegó por improcedente la decisión.
- Tercero. LIBRAR por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
C-220/97Dec. 111/96. Art. 4. Disposiciones Aplicables A Las Personas Juridicas De Derecho Publico Nacional. Exequible.T-592/96Der. A La Igualdad. Prohibicion De Graduarse Con Las Demas Compañeras Por Estar Embarazada. Hecho Superado. Negada.T-467/96Der. A La Subsistencia. No Pago De Salarios Completos A Docente. Hecho Superado. Negada.T-419/96Der. Al Trabajo. Der. A La Igualdad. Concurso Abierto Para Cargos De Provisionalidad. Hecho Superado. Gobernacion De Santander.-NegadaT-091/96Der. De Peticion. Reliquidacion De Pension De Jubilacion. Inexistencia De Tutela Temeraria. Concedida.T-100/95Der. A La Educacion. Hecho Superado. Nombramiento De Docentes Para Diferentes Areas. Colegio Sto Domingo Savio. Negada.
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.