Sentencia de Tutela9 de diciembre de 1993
T-570 de 1993
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jose Francisco Villafañe
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Pension De Jubilacion. Caja Nal De Prevision. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Rechazo
Juez De Tutela
- Obligaciones
5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. REVOCAR LA SENTENCIA relacionada con la acción de la referencia, proferida por el H. Tribunal de Córdoba el Treinta (30) de Julio de mil novecientos noventa y tres (1993).
- Segundo. Ordenar que el Tribunal Administrativo de Córdoba le dé el trámite judicial que corresponda a la solicitud de tutela presentada por FRANCISCO VILLAFAÑE DE LA ROSA y que notifique de la misma a la Caja Nacional de Previsión que es la autoridad administrativa contra la que se dirige.
- Tercero. Comunicar la presente decisión al Señor FRANCISCO VILLAFAÑE DE LA ROSA en la dirección que aparece en el expediente de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por7
A. 058/99Nulidad Por Pretermision De Instancia.C-548/97C.P.C. Art. 309 Inc. 1 La Sentencia No Es Revocable Ni Reformable Por El Juez Que La Pronuncio. Exequible.A. 007/97Nulidad Por Falta De Notificacion.A. 060/96Nulidad Por Tramite Indebido De Tutela.A. 029/96Nulidad Por Sentencia Inhibitoria En Tutela.T-193/95Tutela Contra Sentencias. Tramite Y Efectos De La Perdida De Investidura. Negada.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.